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La periodista Jineth Bedoya Lima.
La periodista Jineth Bedoya Lima.
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EFE

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Fiscalía acusó a dragoneante del Inpec por participar en secuestro de Jineth Bedoya

Hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000.

La Fiscalía General de la Nación acusó al dragoneante del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), Marco Javier Morantes Pico, como presunto responsable del delito de secuestro simple agravado, con relación a los hechos violentos contra la periodista Jineth Bedoya Lima, ocurridos el 25 de mayo de 2000.

En la investigación se constató que la comunicadora llegó a la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá para realizar una entrevista a Mario Jaimes Mejía, alias Panadero, un exintegrante de las extintas AUC. En la puerta del centro penitenciario fue atendida por el hoy procesado, quien estaba encargado del filtro de acceso y, supuestamente, la mantuvo en espera durante casi media hora.

El dragoneante, al parecer, le aseguró a la periodista que su ingreso estaba autorizado y que debía esperar la boleta de entrada. De acuerdo con el material de prueba, dicho aval no existía y la demora estaría pensada para que la víctima quedara sola y fuera abordada por un hombre armado que se la llevó en un carro a una bodega.

En el lugar, Bedoya Lima fue retenida, torturada y abusada sexualmente. Posteriormente, un grupo de personas la trasladó a Villavicencio (Meta), donde fue abandonada en vía pública.

Una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, a cargo del caso, estableció que esta acción fue planeada por exintegrantes de las AUC y narcotraficantes privados de la libertad, con apoyo de algunos funcionarios de la fuerza pública y del INPEC, que actuaron en retaliación por las publicaciones que hacía la periodista sobre varios acontecimientos criminales que ocurrían en el establecimiento carcelario.

En la resolución de acusación contra Marco Javier Morantes Pico se confirma la medida no privativa de la libertad, y se oficia a Migración Colombia y a otras autoridades para garantizar que no salga del país y comparezca a los requerimientos judiciales. El proceso se sigue de acuerdo con los lineamientos definidos en la Ley 600 de 2000 (anterior Sistema Penal).

*Con información de Fiscalía General Nación

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